Una chapa de color identificará a los perros de asistencia en Castilla-La Mancha

Una chapa de color identificará a los perros de asistencia en Castilla-La Mancha

En función de la modalidad del perro, la chapa circular tendrá un color u otro, según se ha publicado en un nuevo decreto ley

Redacción DDA | 30 mar 2022


 

Una chapa circular será el distintivo de identificación oficial del perro de asistencia y del perro de asistencia jubilado en Castilla-La Mancha, de distinto color en función de la modalidad del can. Así lo detalla el decreto que desarrolla la Ley 5/2018, de 21 de diciembre, de acceso al entorno de las personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia, que entrará en vigor en un mes.



El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este lunes el mencionado decreto, recogido por Europa Press, en el que se especifica que esa chapa circular será expedida por la persona titular de la Dirección General competente en materia de discapacidad, y deberá colocarse en un lugar visible, en el arnés o collar.


 

Una chapa circular identificará a los perros de asistencia en Castilla-La Mancha


 

¿Qué datos deben aparecer en la chapa?



La chapa identificativa deberá incorporar datos fundamentales como el nombre del perro, el teléfono de la persona responsable del mismo, la modalidad de perro -de asistencia o jubilado- y el número de microchip del animal.



Con este decreto se desarrolla la Ley 5/2018, de 21 de diciembre, garantizando el derecho de acceso al entorno, no solo de las personas con discapacidad acompañadas de un perro de asistencia, sino el de aquellas otras que, sin tener reconocida oficialmente una discapacidad, padecen crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de una enfermedad como la diabetes o la epilepsia. Estas personas también deberán ir acompañadas por un perro de asistencia.



Asimismo, se garantiza el derecho de acceso al transporte público de aquellas personas con discapacidad que han sido usuarias de un perro de asistencia y que, una vez ha perdido la condición de perro de asistencia deciden quedarse con el animal hasta el final de su vida y, por lo tanto, tienen que seguir prestándole los cuidados.



El decreto regula también la cuantía mínima de la póliza de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños a terceros ocasionados por el perro de asistencia, que será por una cuantía mínima de 300.000 euros. No obstante, según recoge el decreto, mientras sea operativa para el perro de asistencia la cobertura de la póliza de responsabilidad civil suscrita por la persona propietaria, no es necesario suscribir una nueva póliza. Además, este decreto regula el procedimiento de reconocimiento, suspensión y pérdida de la condición de perro de asistencia y de perro de asistencia jubilado; las condiciones y los requisitos que deberán cumplir las entidades de adiestramiento para su reconocimiento oficial y el Registro de Unidades de Vinculación.


 

¿Cómo es el carné de identificación de la unidad de vinculación?



La persona titular de la Dirección General competente en materia de discapacidad expedirá a la persona usuaria de un perro de asistencia un carné de identificación de la unidad de vinculación, que debe portar consigo. 



Este carné incorporará el nombre del perro de asistencia, sexo, raza, color, pelaje, fecha de nacimiento y número de microchip del animal; el número de inscripción en el Registro de Unidades de Vinculación, que figurará también en formato braille cuando se trate de personas con discapacidad visual. También incluirá nombre, apellidos, dirección postal y teléfono de la persona usuaria, así como el tipo de perro de asistencia y una fotografía en color del usuario con el perro sentado a su lado.



La persona titular de la Dirección General competente en materia de discapacidad podrá suspender la condición de perro de asistencia si el perro de asistencia manifiesta incapacidad temporal para poder llevar a cabo su función; no cumple las condiciones higiénico-sanitarias o la persona usuaria no tiene suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil del perro de asistencia que cubra los eventuales daños a terceros.


 

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Beatriz Tabarés - Periodista

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Irina Sanz - Jurista especializada en Derecho Animal | @trasloquehaydetras

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